sábado, 22 de octubre de 2016

Argumentos jurídicos en un caso práctico

Ernesto Cera Tecla
Introducción
En este texto analizaremos los tipos de argumentos que utilizaron los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para defender su postura en la controversia sobre la Despenalización del aborto en la Ciudad de México.[1]

Conceptos básicos
Argumentación: refiere a la actividad lingüística orientada a construir discursos, éstos a su vez están constituidos por un conjunto de argumentos que justifican o motivan el tema que se pretende defender.  Así, los jueces  elaboran, por ejemplo,  sentencias (discursos jurídicos) para convencer o persuadir a las partes de la controversia.

Argumento es, según Capaldi, un conjunto de aseveraciones (oraciones, proposiciones) que individualmente o en su conjunto dicen apoyar, demostrar o dar prueba de otra aseveración. La aseveración que resulta apoyada, demostrada o probada se denomina conclusión.[2]

Tipos de argumentos utilizados por los ministros en la sentencia
 Argumento analógico (a simili): Es aquel que se construye con base a la semejanza entre hechos o situaciones que se encuentran en la base de la interpretación analógica (extensión o razonamiento analógico). Puede tener la siguiente estructura: una norma N que regula un supuesto S1 al que aplica la consecuencia jurídica C y otro supuesto S2 no regulado por ninguna norma. Ejemplos:

a) “Con base en las razones expuestas, llegó a la conclusión de que ni constitucionalmente ni internacionalmente, existe un derecho como tal a la vida y, en consecuencia, tampoco puede verificarse un derecho absoluto sobre ésta.” Ministro Cossío Díaz. P. 25, antepenúltimo párrafo.

b) "El caso en estudio no versa sobre un tema de constitucionalidad, ya que la Constitución protege la vida respecto de la actuación de las autoridades, no así respecto de las actitudes de los particulares.

Argumento a partir de los principios: Es el argumento basado en el fundamento del derecho, es decir, las ideas esenciales sobre la que se construye un ordenamiento. Ejemplos:

a) “En su postura, hizo hincapié en la importancia de atender a la realidad social, como requisito para hacer efectivos tanto los derechos fundamentales, como los bienes constitucionales que puedan estar en conflicto, y de esa manera enfatizar en la atención a principios constitucionales como democracia, laicidad del Estado mexicano, pluralidad de los ciudadanos, así como el innegable carácter social de la Constitución Federal.” P. 26, antepenúltimo párrafo. Ministro Silva meza.

b) "La protección a la vida en gestación no es absoluta, y en el caso se debe ponderar tal protección con los derechos fundamentales de la mujer, dada la particular relación de ella con el producto de la concepción." P. 37, último párrafo. Ministro Valls Hernández.

c)  "Ningún derecho es más básico que el derecho a la vida, pero nada es más devastador que la vida sin libertad, pues es inadmisible forzar a una mujer a continuar un embarazo que le va a arrebatar la vida, por lo que de no protegerse la libertad, la intimidad y las decisiones de una persona en lo relativo a la reproducción, el Estado tendría el poder de intervenir en esas decisiones."  P. 44, primer párrafo.  Ministra Sánchez Cordero de García Villegas.
d) "En nuestra Carta Magna hay disposición expresa que tutela la vida como un valor, como un derecho universal de la  humanidad y particularmente de la nación mexicana a partir de la concepción del ser humano..." P.  45, último párrafo. Ministro Ortíz Mayagoitia.

Argumento a contrario (literal): Es la forma de argumentar bajo la presunción de que existe una perfecta correspondencia entre la intención del legislador y el texto normativo. Ejemplos:

a) "Constitucionalmente no se verifica violación constitucional alguna en la norma impugnada, pues ésta no resulta arbitraria, irracional ni produce desigualdad o discriminación." P. 35, último párrafo. Ministro González Salas.

b)"La norma impugnada cumple cabalmente con la garantía de exacta aplicación de la ley al señalar." P. 58, tercer párrafo. Ministro Valls Hernández.

c)"Se determinó la constitucionalidad de una norma aprobada por el órgano legislativo respectivo." P. 62, primer párrafo. SCJN.

Argumento de autoridad (ab autorictates): Es el argumento que se construye apelando a una autoridad de la materia para respaldar nuestra postura. Ejemplo: "Existe jurisprudencia reiterada y consistente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la cual literalmente se ha sostenido que el derecho a la vida es un derecho humano fundamental..." P. 49, último párrafo. Aguirre Anguiano.

Conclusión
Los ministros de la SCJN utilizaron cuatro tipos de argumentos (analógico, a partir de los principios, a contrario y de autoridad) para convencer a las partes de la controversia sobre la Despenalización del aborto en la Ciudad de México.



[1] Cfr. Tribunal pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Decreto de Reformas que Despenalizan el Aborto antes de las 12 Semanas de Gestación en el Distrito Federal, sesión pública extraordinaria vespertina, 24/02/2015, disponible en http://bit.ly/27KjQlD, Consultado el 22 de octubre de 2016.
[2] Capaldi, Nicholas, Cómo ganar una discusión, 3ª ed., Barcelona, Gedisa, 2011.

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