viernes, 11 de marzo de 2022

 

Método, metodología y conocimiento científico

 

Ernesto Cera Tecla

Introducción

En este texto discutiremos algunos elementos metodológicos  vinculados a la construcción del conocimiento: la metodología, general y especial, el método científico y sus componentes. Así mismo, revisaremos cómo se construye y demuestra una hipótesis en el proceso de investigación.

 

El método

El método se forma de dos raíces griegas: Metá y odos.  Metá “medio o modo ordenado para hacer las cosas” y odos “ruta o camino”. En sentido general, el método es, dice Sánchez, la manera o el modo ordenado para realizar una actividad: social, académica, investigación, entre otros. Éste tiene la función de instituirse como el camino necesario para construir el conocimiento: el conocimiento científico.[1]  El método científico es, expone Fix-Zamudio, todo procedimiento adecuado y pertinente que nos permite construir el conocimiento sistemático de fenómenos naturales y fenómenos de la sociedad: de las ciencias normativas y  las ciencias sociales.[2] Éste método aborda problemas sobre la realidad del mundo y los hombres  con base en la observación de la realidad y la teoría ya existentes y se caracteriza por su objetividad, sistematicidad, racionalidad, universalidad, y además es cíclico: es un continuum de contrastaciones.[3]

 

Paralelamente, el método tiene distintos significados particulares. Tenemos, por ejemplo, el filosófico que refiere al conjunto de operaciones intelectuales por las que una disciplina trata de alcanzar las verdades que persigue, las demuestra y verifica; el método con relación al objeto: que dicta especialmente formas concretas de enfocar u organizar la investigación, pero de forma más o menos imperativa, completa y sistematizada; el método ligado a la explicación: que persigue ante todo un esquema explicativo, que puede ser más o menos amplio, como el dialéctico, el funcional y el histórico, entre otros.[4]


El procedimiento del método científico

En general, Bunge plantea dos pasos fundamentales: a) planteamiento del problema científico y b) formulación de hipótesis. Entre esos dos pasos generales, se encuentran las características fundamentales de la ciencia: facticidad, trascendencia, análisis, especialización, claridad, precisión, comunicación, metódica, sistemática, general, legal, explicativa, predictiva, abierta y utilidad. 


En cambio, Elí de Gortari,  sugiere un procedimiento más explícito: a) surgimiento del problema, b) revisión del estado del arte del fenómeno, c) planteamiento claro y distinto del problema, d) buscar solucionarlo, incluyendo una explicación posible, mediante una hipótesis, e) predecir las consecuencias de la suposición, f) planear el experimento necesario para verificar la hipótesis, g) diseñar el ensayo, incluyendo el método adecuado para realizarlo, h) ejecutar el experimento aplicando rigurosamente el método, i) obtener algún resultado que sea comprobable o demostrable, j) dar una interpretación del resultado en los términos de la teoría correspondiente, k) incluir el resultado en el sistema de los conocimientos adquiridos, l) indagación de algunas consecuencias implicadas por el resultado, n) el surgimiento de nuevos problemas.  En un esquema quedaría así:[5]




La metodología

La metodología se entiende como la disciplina que estudia los métodos comunes a todos los trabajos científicos.  La metodología tiene por objeto instituir el proceder que se debe seguir para la producción del conocimiento científico; utiliza los variados medios de conocer con que disponemos para llegar a conclusiones verdaderas. Por tanto, la metodología jurídica es la disciplina que estudia la aplicación de los métodos de conocimiento a los diferentes ámbitos del derecho.

 

La aplicación del método científico y la metodología en el campo jurídico es fundamental porque ambos la instituyen, por su objeto, en ciencia. El objeto de estudio del derecho (el orden normativo) es definido por la rigurosidad del método científico y la metodología que se aplica. El estatus de ciencia del derecho no viene de la cientificidad de un método, sino de la rigurosidad con que se aplica el método y la metodología.[6]

 

Metodología general y metodología especial

1. Metodología general: es la que estudia los trabajos científicos. Comprende todos los procedimientos comunes a cada una de las ciencias para adquirir y comunicar conocimientos científicos. En esta clasificación encontramos, entre otros, los siguientes:[7]

 

 

Metodología general del conocimiento

 

Análisis.

Disolución de un conjunto en sus partes: va de lo concreto a lo abstracto. El análisis jurídico, que descomponiendo las reglas positivas del derecho y reduciéndolas a sus elementos más simples, extrae de ellas los conceptos jurídicos.

 

Síntesis.

Es la composición de un todo por la reunión de sus partes: va de  lo simple a lo compuesto. 

 

Inducción.

Transita de lo particular a lo universal. La inducción facilita la búsqueda de las formas de  los fenómenos.  En el ámbito jurídico, el dato primario para la inducción es el dispositivo legal ordinario y en consecuencia éste no es el principio de otros dispositivos.

 

Deducción.

Va de la síntesis al análisis de los fenómenos concretos  mediante la operacionalización de los conceptos o reducción de estos a hechos observables directa o indirectamente.

El método hipotético-deductivo

Son los juicios o razonamientos formulados a partir de ciertas hipótesis o proposiciones que pueden ser verdaderos o falsos.  El método tiene un gran valor heurístico en particular en las ciencias matemáticas.

 

 

2. Metodología especial

La metodología especial estudia los métodos particulares de los diversos apartados del saber, por lo que es válido establecer que hay tantas metodologías especiales como campos de estudio. Por ejemplo, tenemos la sistemática, dialéctica y fenomenológica.

 

 La demostración de hipótesis

La demostración de hipótesis refiere a la actividad que comprueba o demuestra si la hipótesis es falsa o verdadera.   Esta actividad en el proceso de investigación permite conocer la estructura y dinámica objetiva de un fenómeno: la verdad objetiva.

 

La demostración puede llevarse a cabo por contrastación de hipótesis. Los métodos de contrastación son: observación, experimentación, documentación y por muestreo o entrevista.  Los cuatro métodos comparten algunas características: elementos (sujeto de investigación, objeto de estudio…), la finalidad (producir, medir…), empleo (sistemático), no distorsión y creatividad y rigor. La contrastación por observación puede realizarse a través de la observación directa, indirecta, interna, externa o participante. Las características de esta contrastación es la deliberación, la delimitación de un objetivo y se auxilia de los conocimientos teóricos del investigador. En la contrastación por experimento científico, el investigador manipula activa intencionalmente el objeto de investigación para que produzca.[8]

 

 

Conclusión

La construcción del conocimiento científico requiere necesariamente la intervención del método científico y la metodología (general y especial).  El método científico es, hasta hora, el único recurso para estudiar los fenómenos formales, naturales o sociales. La metodología es crucial para construir el método científico más apropiado al fenómeno de estudio. 

 

ectecla@comunidad.unam.mx
ernesto.cera@uacm.edu.mx

 [1] Cfr. Sánchez, R. (s.f.). Metodología de la ciencia del derecho. México: Porrúa.

[2] Cfr. Fix, H. (2002). Metodología, docencia e investigación jurídica. México: UNAM.

[3]  Cfr. López, R. (2002). Metodología Jurídica. México: IURE Editores.

[4]  Cfr. Sánchez, R. (s.f.). Metodología de la ciencia del derecho. Op. Cit.

[5] Cfr. Witker, J. y Larios, R. (2002). Metodología jurídica. México: McGraw-Hill.

6] Cfr. López, R. (2002). Metodología Jurídica. Op. Cit.

[7] Cfr. Sánchez, R. (1995). Metodología de la ciencia del derecho. Op. Cit.

[8] Cfr. Steffan Heinz Dieterich, Nueva guía para la investigación científica, consultado del 09 de febrero de 2022 de https://bit.ly/[xqa

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