martes, 23 de abril de 2013


El federalismo educativo en México

Ernesto Cera Tecla
Introducción
En el presente texto discutiremos el principio del federalismo en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su materialización en la política educativa del nivel básico. Hasta ahora, la política educativa en México se desarrolla en el marco del federalismo, sin embargo, en la práctica parece no ser así, todavía se percibe un federalismo descentralizado, o sea, un federalismo a medias. El federalismo educativo a la mitad del camino es nuestro objeto de reflexión.

Definición de conceptos
Estado. El Estado es, desde una perspectiva jurídica, un conjunto de relaciones sometidas a un orden normativo. Las normas jurídicas determinan y sirven  de pauta a las instituciones y funciones del mismo.   
Federalismo. Federalismo significa literalmente: unión. En su sentido más amplio significa unión de dos ordenamientos jurídicos dentro del Estado: uno federal (cuyo ámbito especial de validez es en todo el territorio) y otro local (cuyos ámbitos de validez se ciñen a dicha división). Así, el sistema federal es un sistema de organización estatal donde coexisten dos niveles de gobierno, cuyas atribuciones quedan señaladas en la constitución.

Estado Federal. El Estado federal es una organización compleja compuesta por estados miembros capaces jurídicamente de otorgarse su propia Constitución, crear sus órganos autónomos y designar a sus titulares de manera independiente. }

Nacimiento del federalismo
El Estado federal nace en Estados Unidos, después de su independencia en 1776. Al terminar la independencia, los estados consideraron la necesidad de unificarse. Instituyeron la Confederación. La Confederación establecía que cada estado conservara su soberanía, libertad e independencia. No obstante, al siguiente año, algunos ideólogos, entre ellos Jorge Washington, cuestionaron la eficacia de la Confederación y plantearon la necesidad de crear un nuevo gobierno.

Así, en septiembre de 1787, los constituyentes de Filadelfia redactaron la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica. En debate sobresalieron dos grupos políticos  antagónicos: los federalistas y los centralistas. Ambos grupos discutieron la necesidad de formar un gobierno  central que unificara a los nuevos estados pero conservando la unidad política. Ese nuevo gobierno unificador fue el Estado federal, el que hizo  compatible la existencia de los estados miembros, junto a un gobierno central con suficientes atribuciones.

El federalismo en México
A diferencia de la historia del Estado federal estadounidense, México vivió otra “rueda de la historia” en materia de federalismo.  Mientras en Estados Unidos de Norteamérica ya habían pasado por la Independencia, la Confederación, la Constitución y habían aterrizado en un Estado federal, en México, la independencia apenas se gestaba, por tanto, el Estado federal mexicano era inexistente.

En el siglo XIX, la independencia de México todavía tuvo un largo camino. El largo camino estuvo marcado por  dos etapas: a) la insurrección popular, representada por una concepción de la dignidad humana con sentido social, materializado en los decretos de Hidalgo (que abolía la esclavitud) y en los Sentimientos de la Nación de Morelos (que proponía un gobierno dimanado del pueblo y sostenido por el pueblo…); b) el restablecimiento (en 1820) de la vigencia de la Constitución liberal de 1812, promulgada en España y representada por el rey Fernando VII y las clases privilegiadas de la Nueva España.

Desde el marco anterior, la separación política de España, en 1821, no significó la independencia, sino más bien, implicó el dominio total de la iglesia, tanto en los aspectos civiles y políticos como en los religiosos. Significó, más bien, la extensión del régimen colonial.  Los Tratados de Córdoba (agosto de 1821), así como el  Acta de independencia (septiembre de 1821) no representaron el nacimiento de una nación independiente y soberana  porque México no podía hacer tratados por su condición de provincia española y porque Fernando VII rechazó dichos tratados. 
Todavía más, en el primer Constituyente de 1824, el triunfo de la iglesia fue absoluto por que se suprimió el patronato (se liberó de la tutela) y porque, entre otros privilegios,  estableció la intolerancia religiosa (artículo tercero) al declarar a la religión católica, apostólica y romana como de la nación mexicana.
Por tanto, México vivió (1821-1855) un enfrentamiento interno entre quienes lucharon para que persistiera el orden colonial (los reaccionarios)  y aquellos que continuaron con las banderas de Hidalgo y Morelos, aquellos que hacían valer los principios de libertad e igualdad para todos los habitantes del país, aboliendo fueros y privilegios: los liberales.  Ambos grupos llevaban consigo dos concepciones filosófico-político-constitucionales sobre las libertades. Pero fue hasta el Plan de Ayutla y el Constituyente (1856-1857) cuando los liberes lograron la aprobación de la Ley Juárez sobre la administración de justicia, derogaron el decreto de Santa Anna y aprobaron la Ley Lerdo. 

En ese sentido, las Leyes de Reforma (no los Tratado de Cordova, ni el Acta de independencia) constituyen la Independencia de México. Al contrario, la separación política de España en 1821 implicó el dominio total de la Iglesia, mientras que las Leyes de Reforma implicaron el nacimiento de la república federal.

En general, la vida del sistema federal no comienza con los constituyentes de 1824, como sostiene Maldonado y López, porque en ese momento prevalecían los ordenamientos jurídicos coloniales.   El sistema federal nace con las Leyes de reforma.

El sistema federal, desde Juárez hasta nuestros días, está marcado por los criterios políticos y no por los administrativos. Esto significa que sobre el federalismo se ha impuesto la estabilidad política y no la eficiencia de de los gobiernos.  Este criterio político en la construcción del federalismo es el que encontramos en la República restaurada, en la dictadura federal, en el federalismo de la Revolución mexicana (presidencialismo) y el (actual) federalismo descentralizado.


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