Argumentos jurídicos en un caso práctico
Ernesto Cera Tecla
Introducción
En este texto analizaremos los tipos
de argumentos que utilizaron los ministros de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación para defender su postura en la controversia sobre la Despenalización
del aborto en la Ciudad de México.[1]
Conceptos básicos
Argumentación: refiere a la actividad
lingüística orientada a construir discursos, éstos a su vez están constituidos
por un conjunto de argumentos que justifican o motivan el tema que se pretende
defender. Así, los jueces elaboran, por ejemplo, sentencias (discursos jurídicos) para
convencer o persuadir a las partes de la controversia.
Argumento es, según Capaldi, un
conjunto de aseveraciones (oraciones, proposiciones) que individualmente o
en su conjunto dicen apoyar, demostrar o dar prueba de otra
aseveración. La aseveración que resulta apoyada, demostrada o probada se
denomina conclusión.[2]
Tipos de argumentos
utilizados por los ministros en la sentencia
Argumento analógico (a simili): Es aquel que se construye
con base a la semejanza entre hechos o situaciones que se encuentran en la base
de la interpretación analógica (extensión o razonamiento analógico). Puede
tener la siguiente estructura: una norma N
que regula un supuesto S1 al que
aplica la consecuencia jurídica C y
otro supuesto S2 no regulado por
ninguna norma. Ejemplos:
a) “Con base en las razones expuestas, llegó a la
conclusión de que ni constitucionalmente ni internacionalmente, existe un
derecho como tal a la vida y, en consecuencia, tampoco puede verificarse un
derecho absoluto sobre ésta.” Ministro Cossío Díaz. P. 25, antepenúltimo
párrafo.
b) "El caso en estudio no versa sobre un tema de constitucionalidad, ya que la Constitución
protege la vida respecto de la actuación de las autoridades, no así respecto de
las actitudes de los particulares.
Argumento a partir de los
principios: Es el argumento basado en el fundamento
del derecho, es decir, las ideas
esenciales sobre la que se construye un ordenamiento. Ejemplos:
a) “En su postura, hizo hincapié en la importancia de
atender a la realidad social, como requisito para hacer efectivos tanto los
derechos fundamentales, como los bienes constitucionales que puedan estar en
conflicto, y de esa manera enfatizar en la atención a principios
constitucionales como democracia, laicidad del Estado mexicano, pluralidad de
los ciudadanos, así como el innegable carácter social de la Constitución
Federal.” P. 26, antepenúltimo párrafo. Ministro Silva
meza.
b) "La protección a la vida en
gestación no es absoluta, y en el caso se debe ponderar tal protección con los
derechos fundamentales de la mujer, dada la particular relación de ella con el
producto de la concepción." P. 37, último párrafo. Ministro Valls
Hernández.
c) "Ningún derecho es más básico que el derecho a la vida, pero nada es más
devastador que la vida sin libertad, pues es inadmisible forzar a una mujer a
continuar un embarazo que le va a arrebatar la vida, por lo que de no
protegerse la libertad, la intimidad y las decisiones de una persona en lo
relativo a la reproducción, el Estado tendría el poder de intervenir en esas
decisiones." P. 44, primer
párrafo. Ministra Sánchez Cordero de
García Villegas.
d) "En nuestra Carta Magna hay disposición expresa que tutela la vida
como un valor, como un derecho universal de la
humanidad y particularmente de la nación mexicana a partir de la
concepción del ser humano..." P.
45, último párrafo. Ministro Ortíz Mayagoitia.
Argumento a contrario
(literal): Es la forma de argumentar bajo la
presunción de que existe una perfecta correspondencia entre la intención del
legislador y el texto normativo. Ejemplos:
a) "Constitucionalmente no se verifica violación constitucional alguna en
la norma impugnada, pues ésta no resulta arbitraria, irracional ni produce
desigualdad o discriminación." P. 35, último párrafo. Ministro González Salas.
b)"La norma impugnada cumple cabalmente con la garantía de exacta
aplicación de la ley al señalar." P. 58, tercer párrafo. Ministro Valls
Hernández.
c)"Se determinó la
constitucionalidad de una norma aprobada por el órgano legislativo
respectivo." P. 62, primer párrafo. SCJN.
Argumento de autoridad (ab autorictates): Es el argumento que se construye apelando a una autoridad de la
materia para respaldar nuestra postura. Ejemplo: "Existe jurisprudencia reiterada y consistente de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos, en la cual literalmente se ha sostenido que el derecho a
la vida es un derecho humano fundamental..." P. 49, último párrafo.
Aguirre Anguiano.
Conclusión
Los ministros de la SCJN
utilizaron cuatro tipos de argumentos (analógico, a partir de los principios, a
contrario y de autoridad) para convencer a las partes de la controversia sobre
la Despenalización del aborto en la Ciudad de México.
[1] Cfr. Tribunal pleno de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Decreto de Reformas que
Despenalizan el Aborto antes de las 12 Semanas de Gestación en el Distrito
Federal, sesión pública extraordinaria vespertina, 24/02/2015,
disponible en http://bit.ly/27KjQlD, Consultado
el 22 de octubre de 2016.