miércoles, 22 de diciembre de 2021

 

Votación por usos y costumbres en Tetelcingo

 

Ernesto Cera Tecla.

El día de ayer,  martes 21 de diciembre de 2021, se llevó a cabo, en la plaza principal de Tetelcingo, la asamblea general extraordinaria para validar o no, la participación de una nueva planilla para la elección de la autoridad local o Delegado (a)  político. La asamblea general fue convocada por el Delegado político, Lázaro Becerro, para dar cumplimiento estricto  a la resolución del Tribunal electoral de la entidad, debido a la queja interpuesta por la indígena Araceli Xixitla (Véase,  https://bit.ly/3yLTl2g).  En la asamblea estuvieron presentes, como testigos oculares,  las demás autoridades tradicionales del pueblo: de la Casa ejidal, del Sistema independiente de agua potable y del Comité de junta de mejoramiento moral, cívico y material. También fueron testigos oculares, varios medios de comunicación de la entidad. La reunión  inició a las seis de la tarde, en medio de una cultura cívica: al inicio, los mosiehualte de ambos bandos convivían sin mayor problema. La violencia, en cualquiera de sus formas, estuvo ausente. Participaron más de quinientas personas. La asamblea indígena fue ejemplar, demostró que los usos y costumbres abonan a la vida democrática de México. Bajo la participación a mano alzada y en “pelotón”, la asamblea general, extraordinaria y soberana, determinó que, en el presente  proceso electoral de la comunidad, no debe participar la planilla en cuestión: Tonochti, por difamar y levantar infundios en contra del pueblo de Tetelcingo.

 

La asamblea general extraordinaria refrendó la vigencia del sistema normativo interno de la comunidad tetelcinga. Según el artículo 25, numeral 4, de la Ley general de instituciones y procedimientos electorales, establece: “Los pueblos y comunidades indígenas… elegirán, de acuerdo con sus principios, normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando la participación de hombres y mujeres en condiciones de igualdad…”[1] De aquí se deduce que el sistema electoral mexicano tiene tres formas distintas de votación: la directa (votación por cargos de elección popular), indirecta (votación por  lista de partidos para elegir diputados y senadores) y la votación por usos y costumbres, que es exclusiva, según el artículo segundo de la Constitución federal, de las comunidades indígenas del país. La asamblea extraordinaria del día de ayer se llevó a cabo en esta última modalidad de votación. En la asamblea estuvieron presentes hombres y mujeres, en iguales condiciones, no hubo ningún signo de discriminación política por el hecho de ser mujer o ser indígena. En tal sentido, la resolución, a mano alzada y en “pelotón”, tiene toda legitimidad del sistema normativo interno, la Constitución federal y los Tratados internacionales: la planilla Tonochti queda fuera del proceso electoral para elegir a la autoridad de la comunidad.

 

La quejosa Araceli Xixitla no logró, como aseguraba ante los medios de comunicación, el apoyo de la mayoría de los tetelcingas. En la reunión, fue respaldada por un grupo de menos de cien personas y un ayudante de trece del territorio de Tetelcingo. El resolutivo de la asamblea demuestra que la acusación de la quejosa es falsa, que no tiene fundamento, que no se le está discriminando por ser mujer. Más bien, a esta política indígena le hace falta un trabajo político de a pie, a todo terreno, para ganar la confianza y el apoyo de  los mosiehualte. A  pesar, que la asamblea fue ejemplar, Araceli Xixitla se ha volcado contra el Delegado político y los participantes en la asamblea. Ha denunciado ante los medios de comunicación que la asamblea general extraordinaria  fue amañada por las planillas, que la han amenazado de muerte, que la privan de su derecho político por ser mujer y etc. Sin embargo,  videos, fotografías, testigos oculares, entre otros, demuestran todo lo contrario. En todo el transcurso de la asamblea su persona fue respetada. Incluso, se le pidió que pasara al estrado, si era su voluntad, se leyó todo el documento de queja ante el Tribunal electoral… Entonces, su actitud de rechazo a los usos y costumbres tiene una sola explicación: es una mujer alentada por grupos políticos externos que han obstaculizado e impiden la municipalización del pueblo de Tetelcingo.

 

 

Los medios de comunicación fortalecen la democracia por usos y costumbres en Tetelcingo, pero también existe el hampa del periodismo que la obstruye. Algunos medios de comunicación como El sitio informativo y otros, hicieron su trabajo periodístico profesional, informaron de la asamblea general a su audiencia.[2] Sin embargo, otros, como Noticias de Cuautla, se comportaron como hampones del periodismo, es decir, se dedicaron a desinformar a la población.  En el texto informativo “Impiden en asamblea que Araceli Xixitla fuera candidata en Tetelcingo”, firmada por Tere Ortega y la columna “Matan abusos y malas costumbres  el progreso en Tetelcingo”, firmada por Andrés Salas,  se dice que la asamblea fue “a modo”, que sólo asistieron 498 personas de un promedio de 20 mil y que no se cumplió el 50 por ciento más uno, que no se acató la disposición del Tribunal electoral, porque se votó en bloque y no a mano alzada; que el Delegado político corrió, después de la asamblea a refugiarse, etc.[3] Toda esta información está lejos de un periodismo profesional y ético. 1.- La asamblea general extraordinaria fue abierta, ejemplar, a nadie se le impidió participar. Es cierto que estuvieron simpatizantes de las planillas, pero también tetelcingas que no necesariamente participan en las planillas. 2.- En efecto, participaron, 498 personas, por usos y costumbres de la comunidad,   no a través del voto universal, libre y secreto, mediante una lista de electores (les sugiero estudien el voto por usos y costumbres). 3.-  El conteo sí fue en bloque, porque hubo dificultad para contabilizar de manera individual, sin embargo, fue claro que en bloque y a mano alzada, la mayoría votó por anular la participación de la nueva planilla en el proceso electoral. 4.- El delegado político o cualquier autoridad tiene derecho a dar o no una conferencia de prensa, es su derecho hacerla cuando así lo considere necesario. En resumen,  los hampones del periodismo deben contribuir a la democracia de los pueblos indígenas y de México, no ha obstaculizarla.

 

 

De todo lo anterior, se deduce que  el sistema normativo interno de la comunidad de Tetelcingo sigue vigente. Que la autodeterminación política de la comunidad no impide la participación de las mujeres u otro grupo social diferente. También se entiende que el sistema electoral mexicano se fortalece al refrendar una votación por usos y costumbres. Después de esta asamblea general extraordinaria, el proceso electoral debe seguir su curso con las cinco planillas participantes, pues así lo ha mandatado el pueblo  originario. Por último, los mosiehualte debemos estar alertas de los agentes internos y externos que quieren desestabilizar a la comunidad o acabar con las prácticas políticas ancestrales.  Ma mochichua, ma motequepano, quiene tocostumbre.. “Que se haga, que se siga haciendo, como es nuestra costumbre (pensamiento motloquiehual).

 

 

 

 

 

 

 



[1] Cfr. Cámara de diputados del H. Congreso de la unión. Ley general de instituciones y procedimientos electorales. Consultado el 22 de diciembre de 2021 de  https://bit.ly/3eeQbL1

[2] El sitio informativo. Consultado el 22 de diciembre de 2021 de https://bit.ly/33H8x5q

[3] Noticias de Cuautla. “Impiden en asamblea que Araceli Xixitla fuera candidata en Tetelcingo” Consultado el 22 de diciembre de 2021 de  https://bit.ly/3pj9zwO Cfr. Andrés Salas. “Matan abusos y malas costumbres  el progreso en Tetelcingo” Consultado el 22 de diciembre de 2021 de https://bit.ly/3mqNRoV

lunes, 20 de diciembre de 2021

 

Elección indígena en Tetelcingo 2021

Ernesto Cera Tecla

El pasado 19 de diciembre de 2021, el pueblo indígena de Tetelcingo, Morelos debió haber elegido a su autoridad comunitaria (Delegado político), según el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas de México. Sin embargo, la indígena Araceli Xixitla, junto con un grupo minúsculo de personas,  interpuso una queja ante el Tribunal electoral del estado de Morelos, porque fue, según ella, discriminada políticamente: no se le permitió participar en la contienda electoral, por ser mujer. En consecuencia, el viernes 17 de diciembre, el Tribunal electoral de la entidad suspendió la convocatoria emitida por el Ayuntamiento de Cuautla y la Delegación política, que  pretendía renovar a la autoridad local. Al día siguiente, el sábado 18 de diciembre, ambas autoridades locales anunciaron su disposición a acatar la resolución del Tribunal:  suspender la elección del 19 de diciembre. Ese mismo día, el Delegado político, Lázaro Becerro, anunció, en rueda de prensa, que el martes 21 de diciembre del presente año se realizará, por mandato del Tribunal electoral, una  asamblea general  extraordinaria en el poblado para que ésta valide o no la participación de la nueva planilla promovida por la quejosa Araceli Xixitla. Pero, ¿qué hay atrás de todo esto? ¿A quién asiste la razón jurídica y política? ¿A quién se ha violentado políticamente? ¿A la quejosa, Araceli Xixitla o al pueblo de Tetelcingo? 

El pasado 17 de diciembre, las magistradas del Tribunal electoral del estado resolvieron superficialmente el supuesto agravio de la quejosa Araceli Xixitla. En la sesión pública del Tribunal, los interesados sólo pudimos observar un ritual jurídico decimonónico:  una lectura de la resolución a la que habían llegado las magistradas. El debate jurídico de fondo estuvo ausente. No escuchamos los razonamientos jurídicos  que llevaron a dicha resolución.   Esto es así, porque las magistradas no se tomaron el más mínimo tiempo para investigar si la denuncia de la quejosa  tenía una base fáctica o sólo era una opinión sin fundamento en los hechos políticos de la comunidad. Cierto es,              que la autoridad local o la delegación política nunca convocó a una asamblea o a las planillas para impedir que la quejosa participara en la contienda electoral. Si hubiera sido el caso, lo habríamos denunciado en su momento. Tampoco supimos que los líderes de las planillas se hayan coaligado para vetar a la quejosa. Por estas razones, la queja de la indígena Araceli Xixitla  no tiene fundamento fáctico. En suma, la resolución del  Tribunal electoral de Morelos es maniquea y sospechosa, es contraria a los usos y costumbres del pueblo de Tetelcingo. 

La Delegación política y las planillas políticas del pueblo de Tetelcingo deberían impugnar la resolución del tribunal electoral del estado, porque difaman veladamente la vida política de la comunidad.  Lo anterior, porque la Delegación política y las planillas desarrollaron el proceso electoral, como mandatan los usos y costumbres de la comunidad. El hecho que no participen las mujeres en la política pública no es un problema del Delegado político  o los líderes de las planillas, sino es parte de un proceso histórico que atraviesa a todas las clases sociales y étnicas. El patriarcado está en la estructura social de la sociedad mexicana, no es propio de los pueblos indígenas. En todo caso, es un problema de cultura política patriarcal que debe mejorarse mediante una educación política. La inclusión de las mujeres indígenas en el espacio público no es un asunto que compete a al Tribunal electoral (salvo en casos de violación a los derechos políticos electorales de los indígenas), sino a las propias mujeres y al resto de los integrantes de la comunidad indígena. Por ello, el Delegado político y las planillas podrían apelar al tribunal electoral federal, para hacer valer sus derechos políticos indígenas.

La quejosa, Araceli Xixitla, alega un caciquismo político  en las planillas de la comunidad, pero ella es parte de esa cultura política caciquil. Xixitla es una política indígena que se vende al mejor postor político: líderes de partidos políticos o autoridades de los tres niveles de gobierno. Por citar un ejemplo, hace algunos meses, Araceli Xixitla denunció ante las instancias correspondientes al Delegado político de la comunidad, porque supuestamente, el Delegado estaba lucrando con los apoyos del gobierno federal.  Sin embargo, es de todos conocido que los programas del gobierno federal llegan directamente a los beneficiaros  y no pasa por los tres niveles de gobierno, mucho menos a través de una Delegación política. Obviamente, la demanda contra el Delegado no prosperó. Este hecho ilustra que la quejosa Araceli Xixitla (y su grupo) es una protagonista que busca la teatralidad y no robustecer la democracia de la comunidad tetelcinga. En tal sentido, podemos decir que su crítica hacia los caciques de las planillas es correcta, pero ella es parte de esa cultura política caciquil.

Por otro lado, la quejosa ha hecho revelaciones preocupantes ante los medios de comunicación. Ha  afirmado que los usos y costumbres de Tetelcingo deben desaparecer, porque no permite la participación de las personas no indígenas que habitan en el territorio. Esta afirmación es sumamente grave, no sólo porque agrede al pueblo de Tetelcingo, sino porque va contra el artículo segundo constitucional que garantiza la autodeterminación de los pueblos indígenas. Su afirmación es la misma que han pronunciado varios líderes políticos opositores a la municipalización del poblado. Sin duda, la afirmación no tiene sustento jurídico, ni antropológico, ni sociológico, es una opinión política que busca desestabilizar a la comunidad.  En este mismo sentido, la quejosa, también afirmó ante los medios de comunicación que las personas no indígenas que viven en el territorio indígena de Tetelcingo son personas “más abiertas”, que “buscan el progreso”, mientras los mosiehualte o tetelcingas son, dice Araceli Xixitla, “personas cerradas”, que “aprecian el atraso ”. ¡Fiuuu! Con hermanos o hermanas indígenas así, ¿para qué queremos enemigos? En definitiva, los usos y costumbres en materia política en Tetelcingo deben refrendarse, al margen de  la opinión equivocada de Araceli Xixitla. 

En general, la suspensión del proceso electoral en el poblado de Tetlcingo, a partir de la resolución del Tribunal electoral de la entidad  ha encendido los focos de alerta. El pueblo indígena debe estar atento para impedir que agentes políticos externos e internos vulneren los derechos políticos del pueblo indígena de Tetelcingo: su libre derecho a la autodeterminación política La asamblea extraordinaria deberá decidir si valida o no una nueva planilla. Su resolución deberá ser respetada por los tribunales electorales tanto del estado, como de la federación. El contenido del artículo segundo constitucional está por encima de cualquier instancia judicial. La no validación de una nueva planilla refrendará el principio de autodeterminación del pueblo:  que es la comunidad quien manda, no los tribunales electorales, mucho menos, los actores políticos que levantan infundios y agreden políticamente al pueblo y desestabilizan el marco legal de la comunidad. La delegación política o las planillas no violentaron los derechos políticos de la quejosa Araceli Xixitla, sino ésta violentó a la comunidad de Tetelcingo mediante infundios. Pero mañana, martes 21 de diciembre, sabremos a quién le asiste la razón.